Plan de Transición Democrática: 100 Días para Renacer la República
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- 18 may
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Actualizado: 13 ago

Plan de Transición Democrática: 100 Días para Renacer la República
Gobierno Constitucional Cubano para la TransiciónFundamentado en la Constitución de 1940 y el Artículo 149
📜 IntroducciónDespués de más de seis décadas de dictadura, represión y violación sistemática del orden constitucional, el Gobierno Constitucional Cubano para la Transición (GCCT), en virtud del Artículo 149 de la Constitución de 1940, asume la responsabilidad de conducir a la nación hacia la restauración de su República, su Estado de Derecho y su soberanía popular.Este documento presenta el plan detallado para los primeros 100 días tras la derrota del régimen usurpador, con el objetivo de garantizar una transición democrática, pacífica y constitucional, así como preparar elecciones libres en un plazo máximo de 18 meses.
🏛️ I. Restablecimiento del Orden Constitucional (Día 1 a Día 5)
Juramentación del Presidente Provisional y el Consejo de Ministros según el mandato del Artículo 149 y Artículo 146.
Instalación provisional del Poder Judicial, Poder Ejecutivo y Poder Legislativo conforme a los Artículos 121, 122, 123, 128 y 130.
Derogación inmediata de todas las normas dictadas en violación del orden constitucional desde 1952 (Artículos 194, 195 y 197).
Publicación oficial de la restauración de la Constitución de 1940 (Artículos 182 y 183).
Nombramiento de delegados provinciales y municipales para implementar las disposiciones constitucionales (Artículos 85, 86 y 87).
⚖️ II. Seguridad Jurídica y Cívica (Día 6 a Día 20)
Establecimiento del Tribunal de Garantías Constitucionales Provisional (Artículos 182 a 186).
Formación de un Cuerpo de Seguridad Nacional Transitorio con participación civil y supervisión internacional, conforme a los principios del Artículo 25 y Artículo 40.
Liberación inmediata de presos políticos (Artículo 26 y Artículo 172).
Disolución de estructuras represivas del régimen comunista (Artículo 40 y Artículo 25).
Protección especial a activistas perseguidos conforme a Artículo 40 y Artículo 172.
📚 III. Campaña Nacional de Educación Cívica (Día 10 a Día 60)
Lanzamiento de la campaña "Renace la República" con base en el Artículo 38 (educación cívica obligatoria).
Enseñanza masiva de la Constitución de 1940 (Artículos 38 y 39).
Formación ciudadana en democracia y derechos humanos (Artículos 33, 34 y 35).
Transmisión educativa en medios (Artículo 33 y Artículo 38).
Reposición de símbolos patrios legítimos (Artículo 6 y Artículo 37).
🗳️ IV. Preparación del Proceso Electoral (Día 20 a Día 80)
Creación del Consejo Electoral Provisional (Artículos 192, 193 y 194).
Actualización del padrón electoral nacional (Artículo 192).
Convocatoria a elecciones libres y generales en un máximo de 18 meses (Artículos 180 y 181).
Registro abierto de partidos y candidatos conforme a Artículos 39, 40 y 192.
🏥 V. Respuesta Humanitaria de Emergencia (Día 1 a Día 100)
Solicitud internacional de asistencia urgente conforme a las facultades del Artículo 146 y Artículo 149.
Reconversión de instalaciones del régimen en centros comunitarios (Artículo 25 y 40).
Programa “Manos a la República” basado en la cooperación ciudadana garantizada por el Artículo 25.
💼 VI. Reactivación Económica Transitoria (Día 15 a Día 90)
Creación del Consejo Económico para la Transición (Artículos 146, 147 y 149).
Protección temporal de activos nacionales (Artículos 87 y 90).
Garantía de la propiedad privada (Artículo 87).
Apoyo a pequeños productores y emprendedores (Artículo 90 y 91).
🌍 VII. Reconocimiento y Relación Internacional (Día 1 a Día 100)
Solicitud de reconocimiento diplomático del GCCT (Artículos 146 y 149).
Declaración de Cuba como nación abierta al mundo libre conforme a los principios del Artículo 1 y Artículo 2.
Establecimiento de misiones diplomáticas provisionales (Artículo 146).
⚖️ VIII. Justicia Transicional y Reconciliación Nacional (Día 30 a Día 100)
Instalación de la Comisión Nacional de la Verdad (Artículos 25 y 172).
Investigación de crímenes de lesa humanidad (Artículos 25, 26 y 172).
Procesos legales con garantías procesales (Artículos 26, 172 y 173).
Amnistía condicionada (Artículo 172).
🛡️ IX. Líneas Rojas Constitucionales
El GCCT no podrá transformarse en partido político (Artículos 39 y 40).
Ningún miembro del GCCT podrá aspirar a cargos en elecciones futuras (Artículo 149).
Toda acción se regirá bajo la Constitución de 1940 (Artículo 194 y 195).
El poder vuelve al pueblo de Cuba a través de elecciones libres (Artículos 1, 2, 180 y 181).
✍️ Firma oficialGobierno Constitucional Cubano para la TransiciónPresidencia Provisional • Ministerio de la Presidencia • Tribunal Constitucional • Asamblea Nacional ProvisionalCon base en el Artículo 149 de la Constitución de 1940

















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