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Archivos C40José Morell Romero: Aceptación del cargo

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Juramentación Doctor Jose Morell Romero


Aceptación del Cargo como Presidente Provisional de la República de Cuba en el Exilio

Por el Dr. José Morell RomeroTampa, Florida – 24 de febrero de 1995

En la histórica fecha del 24 de febrero de 1995, en la ciudad de Tampa, Estado de Florida, Estados Unidos de América —tierra de profundo significado para la emigración patriótica cubana—, yo, José Morell Romero, en mi condición de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia de la República de Cuba, asumo con plena conciencia histórica, moral y jurídica, la alta responsabilidad de servir como Presidente Provisional de la República de Cuba en el exilio.

El Poder Judicial de la República de Cuba, del cual formo parte, fue forzado a trasladarse a territorio estadounidense en el año 1960, como consecuencia directa de la desaparición del Estado de Derecho en nuestra patria, derivada de la instauración de un régimen ilegítimo que quebrantó el orden constitucional establecido en la Constitución de 1940. En mi calidad de Magistrado más antiguo de la Corte Suprema en el exilio, y en estricto cumplimiento del mandato del Artículo 149 de la Constitución cubana de 1940, me corresponde legítima y obligatoriamente asumir la Presidencia Provisional de la República.

Bajo este juramento y responsabilidad, declaro que el Gobierno de Cuba en el exilio se regirá, en la mayor medida posible, dadas sus especiales circunstancias y limitaciones, por los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución de 1940, que sigue siendo la única Carta Magna legítima de la República de Cuba. En consecuencia, se procederá a la designación de los cargos administrativos necesarios para el funcionamiento orgánico de este Gobierno.

Asimismo, me comprometo a solicitar oficialmente a los Estados Unidos de América el reconocimiento diplomático de este Gobierno Constitucional en el exilio, así como la autorización para establecer una sede oficial en territorio estadounidense. Paralelamente, se emprenderán gestiones ante las naciones libres y democráticas del mundo para lograr su reconocimiento, apoyo y respaldo moral a esta representación legítima del pueblo cubano.

Hasta tanto se obtenga dicho reconocimiento formal por parte de los Estados Unidos de América o de otras naciones, este Gobierno existirá jurídicamente como una asociación registrada bajo la ley de este país, preservando sus funciones esenciales y asegurando la continuidad de la legitimidad republicana.

Reitero que, una vez derrocado el gobierno tiránico y terrorista que actualmente oprime a la nación cubana, el Gobierno Provisional de Cuba será trasladado de inmediato a territorio nacional. Allí, en estricto apego a lo dispuesto por el Artículo 149 de la Constitución de 1940, cumplirá con su misión de conducir a la República al restablecimiento pleno del imperio de la ley, convocando a elecciones libres y transparentes, garantizando el ejercicio de las libertades públicas y la restauración de todas las instituciones republicanas.

Confío plenamente en que esta magna tarea contará con el apoyo decidido y firme de los heroicos disidentes que luchan dentro de Cuba, así como de las valerosas organizaciones del exilio, cuyo patriotismo y compromiso histórico constituyen un pilar fundamental para la causa de la libertad y la justicia en nuestra nación. A todos ellos, renuevo mi más sincero llamamiento en estos momentos decisivos, apelando a su unidad, lealtad y espíritu de sacrificio.

Prometo solemnemente cumplir y hacer cumplir el mandato constitucional que la historia, el derecho y la nación me confían. Lo haré siempre guiado por el ideal de una República de Cuba libre, independiente, soberana y democrática, tal como de derecho es y de hecho debe volver a ser.

Que Dios Todopoderoso me asista en esta misión trascendental.

Firmado en Tampa, Florida, a los 24 días del mes de febrero de 1995

Dr. José Morell RomeroMagistrado más antiguo de la Corte Suprema de Justicia de la República de CubaPresidente Provisional de la República de Cuba en el Exilio.


 
 
 

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