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GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA DE CUBA EN EL EXILIO
LEGITIMIDAD CONSTITUCIONAL CUBANA 1940
(C. 1940, A rt. 149)
EL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA DE CUBA EN EL EXILIO, No es una Organización mas del Exilio, ni es un partido político que responde a una plataforma política, sino es una entidad gubernamental legal y legitima, basada en el Mandato Constitucional del Artículo 149 de la Constitución Cubana de 1940 (Vigente), que establece el mecanismo Constitucional de sucesión, al faltar los sustitutos presidenciales que establece la propia Constitución de la República, a cuyo efecto ocuparía interinamente la Presidencia de la República, el Magistrado mas antiguo del Tribunal Supremo de Justicia.
El Gobierno Constitucional aboga por el restablecimiento de la verdadera Democracia en Cuba, a la caída del régimen totalitario comunista de los hermanos Castro, esto se realizaría dentro del marco legal que establece la Constitución cubana de 1940, la cual aunque fue violada por la tiranía Castrista, continúa jurídicamente VIGENTE, pues nunca fue sustituida por la voluntad directa y libre expresión del pueblo cubano, y debido a que también se debe de tomar en cuenta, que las Constituciones Democráticas hechas por sus pueblos, nunca pueden ser derogadas por tiranías o gobiernos ilegítimos., ni que tampoco caducan automáticamente por el tiempo transcurrido. Ejemplo de esto es la Constitución de Estados Unidos con 231 años de haberse creado, y el Código Constitucional de los Ingleses con alrededor de 1,200 años.
Es muy importante saber que el Gobierno Constitucional Cubano en el Exilio enfatiza en el hecho, que no solo basta con derrocar al régimen ilegítimo de los hermanos Castro, pues ese acto de por si solo no garantizaría el restablecimiento de la Democracia en Cuba, que no ha existido por los últimos 51 años, luego entonces, la Democracia en Cuba habrá que restablecerla nuevamente, comenzando desde cero, utilizando como base la Ley Fundamental de la República, que es la Constitución Vigente de 1940 que con sus diversos artículos nos da los pasos a seguir, para llegar nuevamente a la culminación de la verdadera Democracia en Cuba.
Es evidente que quizás una fuerza militar podría derrocar al régimen y solo la legalidad de la Constitución podría exigirles a esos militares su subordinación al poder civil de la nación. Esto se podría lograr con la participación de todos los cubanos que luchan por la libertad, con un gobierno Constitucional de Transición, basado en la Constitución de 1940, a través del Art-149, el cual recae en estos momentos en el Dr. Rodolfo Nodal Tarafa, gran cubano y eminente jurista, quien ocupara la posición del Magistrado mas antiguo del Tribunal Supremo de Justicia.
Debido a los acontecimientos reinantes en estos momentos, el Exilio y la Oposición Interna tienen que estar preparados para cualquier eventualidad, es decir que tenemos que organizarnos desde ahora y no esperar a que se produzca la caída del régimen para entonces ver lo que vamos hacer, pues esto seria un gran error, de resultados muy perjudiciales para la futura Democracia en Cuba, debido a las situaciones negativas que esto produciría.
Debemos de tener en cuenta, que van a existir comunistas disfrazados de Demócratas tratando de tomar el poder en Cuba nuevamente, y sabemos que esto es parte del plan de la cúpula que rodea al gobierno Castrista en estos momentos. Esto solo se podría impedir con la restauración de la Constitución de la República de Cuba de 1940. Lamentablemente, algunas organizaciones están hablando de establecer una junta cívico-militar en el período de Transición, que sería inconstitucional e ilegítima, y hablan también de convocar a una Constituyente, para hacer una nueva Constitución. Primeramente, tendríamos que decirles que una Constituyente de inmediato, con la participación de un pueblo que desgraciadamente ha sido adoctrinado con la ideología comunista por 51 años, seria absurdo y muy peligroso para la futura Democracia en Cuba, pues ese pueblo, en estos momentos, carece del conocimiento necesario de como funciona el sistema democrático, para hacer una nueva Constitución de bases Democráticas. Tenemos que agregar que no existen razones lógicas para pensar en una nueva Constitución, cuando contamos con una de las Constituciones mas avanzadas del mundo, y además en cuanto se elija el primer Congreso se actualizaría la Constitución (Artículos 285 y 286), con las enmiendas necesarias, como lo ha hecho este gran país de Norteamérica, con sus 27 enmiendas a la Constitución, pero su Carta Magna sigue siendo la original.
Por todas estas razones estamos trabajando hoy en día en una ESTRUCTURA de gobierno, la cual estará lista para funcionar, a la caída del régimen comunista en Cuba, y por lo tanto estamos pidiendo la participación de todas las Organizaciones del Exilio, y los grupos Opositores que desde dentro de Cuba han sabido combatir a la dictadura Castrista. La participación de tanto las Organizaciones como Opositores en la Isla, representados por algunos de sus miembros en el Gobierno Constitucional de Transición, garantizaría una representación total del pueblo cubano, y al mismo tiempo de la sociedad civil cubana, y evitaría enfrentamientos entre grupos de hermanos, que seria muy perjudicial para el futuro democrático de Cuba.
Este Gobierno Constitucional de Transición será completamente apolítico, NO PERMANENTE, sino transicional, DE FINES PATRIOTICOS, solamente con el único propósito de restablecer el Orden Constitucional de la República, y por ende el Estado de Derecho. El Gobierno Constitucional de Transición, convocará a elecciones nacionales dentro de un plazo no mayor de noventa días, tal como estipula la Constitución en su articulo # 149, y las cuales deberán de celebrarse alrededor de 18 meses. Es entonces, que en esas elecciones podrían participar todas las organizaciones que hayan convertidos sus agendas en partidos políticos, y todo ese proceso estará respaldado por la Constitución y las Leyes, lo que a su vez garantizaría la futura y verdadera Democracia representativa en Cuba.
Queridos compatriotas, por todo lo expuesto, los estamos invitando oficialmente a participar en este llamado de la Patria, pues estos son los momentos en que nuestra sufrida Cuba necesita de sus mejores hijos.
 Gobierno Constitucional Cubano para la Transición
La historia completa
El Gobierno Constitucional Cubano de la Transición es una entidad legal y legÃtima con mandato constitucional para restablecer el orden constitucional en Cuba y la Constitución de 1940, que fue violada por el régimen castrista1. A diferencia de una organización más del exilio o un partido polÃtico, su objetivo principal es restaurar la legalidad y la soberanÃa en la isla.
La Constitución cubana ha experimentado cambios significativos a lo largo de los años. Por ejemplo, la Constitución de 1901 ya no está en vigor, ya que fue abrogada por ley cuando se proclamó la Constitución de 1940. Esta última incluye disposiciones que establecen que cualquier persona que haya cometido delitos debe ser juzgada ante los tribunales de justicia, basándose en el Código de Defensa Social. Además, existen leyes en el Código Militar que se aplican a estas personas, especialmente a aquellos que pertenecieron a las Fuerzas Armadas Castro-comunistas1.
En resumen, el Gobierno Constitucional Cubano de la Transición no es una organización más del exilio ni un partido polÃtico convencional. Su enfoque está en la restauración de la legalidad y la justicia en Cuba, basándose en la Constitución de 1940
La historia
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El Gobierno Constitucional Cubano de la Transición es una entidad legal y legÃtima con mandato constitucional para restablecer el orden constitucional en Cuba y la Constitución de 1940, que fue violada por el régimen castrista1. A diferencia de una organización más del exilio o un partido polÃtico, su objetivo principal es restaurar la legalidad y la soberanÃa en la isla.
La Constitución cubana ha experimentado cambios significativos a lo largo de los años. Por ejemplo, la Constitución de 1901 ya no está en vigor, ya que fue abrogada por ley cuando se proclamó la Constitución de 1940. Esta última incluye disposiciones que establecen que cualquier persona que haya cometido delitos debe ser juzgada ante los tribunales de justicia, basándose en el Código de Defensa Social. Además, existen leyes en el Código Militar que se aplican a estas personas, especialmente a aquellos que pertenecieron a las Fuerzas Armadas Castro-comunistas1.
En resumen, el Gobierno Constitucional Cubano de la Transición no es una organización más del exilio ni un partido polÃtico convencional. Su enfoque está en la restauración de la legalidad y la justicia en Cuba, basándose en la Constitución de 1940