La Constitución de 1940 y su Vigencia en el Gobierno Constitucional Cubano para la Transición
- Prensa

- 25 ago
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El 10 de octubre de 1940, en la histórica localidad de Guáimaro, Camagüey, el Gobierno de Cuba promulgó la que sería reconocida como la Constitución de la República de Cuba de 1940. Este texto jurídico, fruto de un intenso debate de seis meses durante la presidencia de Federico Laredo Brú, fue redactado por una Convención Constituyente presidida por Carlos Márquez Sterling e integrada por 76 delegados de nueve partidos políticos, representando prácticamente a todo el espectro político de la nación.
Con 286 artículos distribuidos en 19 títulos, la Constitución de 1940 fue alabada por la Comisión Internacional de Juristas en 1962 por su “raro equilibrio entre postulados republicanos, liberales y democráticos, y las demandas de justicia social y progreso económico”.
Ese mismo día, se celebraron las primeras elecciones presidenciales bajo su amparo, resultando electo Fulgencio Batista y Zaldívar frente al expresidente Ramón Grau San Martín. Grau, figura clave en la aprobación del texto constitucional, asumiría la presidencia cuatro años después. Sin embargo, el golpe de Estado de Batista en 1952 interrumpió el orden constitucional, suspendiendo parcialmente la Carta Magna mediante una “Ley Constitucional” del 2 de abril de 1952.
Defensores de la Constitución
En 1958, Carlos Márquez Sterling —quien había presidido la Convención Constituyente— se postuló para la presidencia y advirtió públicamente que la llegada de Fidel Castro significaría “la sentencia de muerte de la democracia en Cuba”. Defendió entonces que sólo elecciones libres, bajo las garantías de la Constitución de 1940, devolverían la paz a la nación.
Por su parte, Fidel Castro, en su alegato “La historia me absolverá” (1953), declaró como uno de los objetivos de la Revolución el restablecimiento de la Constitución de 1940. Sin embargo, tras llegar al poder en 1959, derogó de facto gran parte de ella y la sustituyó por la Ley Fundamental del 7 de febrero de 1959, que introdujo disposiciones transitorias y excepcionales. Finalmente, en 1976, esta fue reemplazada por la Constitución Socialista.
La Constitución de 1940 en el Exilio
Pese a su derogación en Cuba, la Constitución de 1940 continuó siendo un símbolo y fundamento legal para la comunidad cubana en el exilio. Grupos y organizaciones la consideraron la única fuente legítima del derecho cubano, declarando fraudulentas tanto las reformas de Castro como la Constitución Socialista de 1976, ya que las modificaciones introducidas por el régimen comunista no siguieron el procedimiento de reforma establecido en los artículos 285 y 286.
El papel de José Morell Romero
Entre sus más firmes defensores destacó el Dr. José Morell Romero, magistrado de la Corte Suprema entre 1950 y 1960. Renunció el 12 de noviembre de 1960 en rechazo a la doctrina de “poderes constituyentes” asumida por el régimen de facto, afirmando que el poder constituyente reside exclusivamente en el pueblo y debe ejercerse mediante referendo, como se hizo legítimamente en 1940.
El 24 de febrero de 1995, invocando el Artículo 149 de la Constitución de 1940, Morell Romero juró como Presidente Provisional de Cuba en el exilio. Dicho artículo dispone que, en ausencia de las condiciones para la sucesión presidencial previstas en el Título X, el magistrado más antiguo del Tribunal Supremo ocupará interinamente la presidencia y convocará elecciones en un plazo no mayor de 90 días. Ante la imposibilidad de cumplir ese mandato en territorio cubano, Morell asumió la responsabilidad de preservar el hilo constitucional en el exilio.
En su declaración de aceptación, ratificó que el gobierno en el exilio se adheriría “en la mayor medida posible, dada su naturaleza y circunstancias, a los principios establecidos en la Constitución de 1940”. Además, solicitó formalmente a gobiernos extranjeros y a la Organización de los Estados Americanos (OEA) el reconocimiento del Gobierno Constitucional de Transición como único y legítimo representante de la nación cubana.
Legado y Vigencia
La acción de Morell Romero no sólo preservó el hilo constitucional interrumpido en 1952 y quebrantado definitivamente en 1959, sino que sentó las bases para la continuidad del Gobierno Constitucional Cubano para la Transición (GCCT). Este sigue operando como la única autoridad legítima de la República de Cuba, con fundamento jurídico en la Constitución de 1940 y su artículo 149, defendiendo el retorno al Estado de derecho, la separación de poderes y la restauración de las libertades ciudadanas.
José Morell Romero Papers, 1933-2006University of Miami Cuban Heritage Collection
Los Papeles de José Morell Romero fueron donados este año a la Colección del Patrimonio Cubano por su hija, Silvia Morell Alderman. Para obtener más información sobre esta colección, visite la ayuda de búsqueda en línea.

Primer número mensual de la Gaceta Oficial del Gobierno Constitucional de Transición de Cuba, redactada por José Morell Romero en su calidad de Presidente de la Nación Cubana para la transición democrática de Cuba, 1995. Enlace a José Morell Romero encontrando ayuda.
Artículo de periódico Nuevo Siglo sobre la aceptación de Morell Romero a la presidencia, 2 de marzo de 1995. Enlace a la búsqueda de ayuda de José Morell Romero.
Declaración internacional de la Coalición para la Restauración del Gobierno Constitucional de Cuba, que establece los principios del gobierno de transición, 1998. Enlace a la búsqueda de ayuda de José Morell Romero.


















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